Colombia enfrenta un desafío estructural que trasciende los ciclos electorales: la criminalidad organizada ha alcanzado dimensiones que desbordan las capacidades tradicionales del Estado. Con un sistema penitenciario que registra un hacinamiento del 28,6% —104.395 personas privadas de libertad frente a una capacidad de 81.139 cupos— y centros de detención transitoria con sobrepoblación del 166% (INPEC, 2025), resulta evidente que la política criminal vigente no está cumpliendo sus objetivos fundamentales. Este escenario exige construir un Consenso de Estado que supere la polarización partidista y garantice respuestas coordinadas, eficaces y sostenibles para el período 2026-2030.

La política criminal debe entenderse no como un instrumento aislado de control social, sino como el eje articulador de la estrategia nacional de seguridad. Su eficacia depende de la prevención y el control, pero además, de la coordinación entre tres pilares institucionales: el poder coercitivo representado por las Fuerzas Militares y la Policía Nacional, el aparato investigativo de la Fiscalía General de la Nación, y la Rama Judicial encargada de administrar justicia. Cuando estos pilares operan fragmentadamente, el resultado es un círculo vicioso donde el incremento de capturas no se traduce en reducción del delito, sino en colapso del sistema penitenciario.

El diagnóstico estructural: más allá del hacinamiento

La Corte Constitucional declaró por segunda vez un Estado de Cosas Inconstitucional en materia penitenciaria mediante la Sentencia T-388 de 2013, reconociendo que la crisis no se resuelve construyendo más cárceles (Corte Constitucional, 2013). La evidencia criminológica ha demostrado que el aumento de penas no previene el delito y que las prisiones, tal como operan actualmente, no resocializan sino que impulsan la profesionalización criminal (Dejusticia, 2025). Esta realidad obliga a replantear los fundamentos mismos de la política criminal.

El déficit actual de aproximadamente 40.000 cupos carcelarios representa apenas la punta del iceberg. Los verdaderos desafíos estructurales incluyen: la incoherencia entre las diversas reformas penales que carecen de lógica sistemática; la sobrecriminalización de conductas que podrían abordarse con mecanismos alternativos; la debilidad en programas de resocialización —con apenas 1.374 personas vinculadas a programas de alfabetización de las 4.318 que no saben leer ni escribir (INPEC, 2025)—; y la persistencia de fenómenos criminales que operan desde el interior de los establecimientos penitenciarios.

La Operación Dominó, ejecutada por el INPEC en coordinación con la Policía, la Fiscalía y los ministerios de Justicia y Defensa, ha revelado la magnitud del problema: en 2025 se han decomisado aproximadamente 27.000 celulares, 22.000 tarjetas SIM, y se han realizado cerca de 270 traslados de internos vinculados a redes de extorsión. Se caracterizaron 35 actores criminales dedicados a la extorsión carcelaria, y las extradiciones alcanzaron 320 personas —un incremento dramático frente al promedio histórico de 30 anuales— (INPEC, 2025). Estas cifras evidencian que los centros penitenciarios se han convertido en centros de operaciones del crimen organizado.

La tasa de reincidencia, estimada en aproximadamente el 30% para ciertos segmentos de la población carcelaria, evidencia el fracaso del modelo puramente retributivo (Ministerio de Justicia, 2021). Cuando una persona sale de la cárcel y vuelve a delinquir, el Estado no solo enfrenta un nuevo crimen: también confirma que gastó más de 20 millones de pesos al año en esa persona sin lograr que cambiara su vida.

Coordinación interinstitucional y lecciones internacionales

La fragmentación institucional constituye quizás el mayor obstáculo para una política criminal efectiva. El Consejo Superior de Política Criminal, creado como organismo asesor del Gobierno, tiene la responsabilidad de articular la acción de múltiples entidades: Ministerio de Justicia, Fiscalía General, Rama Judicial, Defensoría del Pueblo, Ministerio de Defensa, Policía Nacional e INPEC (Decreto 2055, 2014). Sin embargo, la coordinación efectiva sigue siendo una aspiración más que una realidad operativa.

La investigación criminal requiere articulación precisa entre la Policía Judicial y la Fiscalía. El Manual Único de Policía Judicial establece protocolos claros (Fiscalía General de la Nación, 2018), pero su implementación enfrenta limitaciones de recursos, capacitación y tecnología. Las bandas criminales cruzan fronteras y actúan con rapidez. La respuesta del Estado, en cambio, se traba entre instituciones que no se coordinan y procedimientos que demoran la acción.

La experiencia internacional ofrece modelos valiosos. Alemania ha desarrollado supervisión parlamentaria especializada sobre sus servicios de inteligencia que garantiza controles democráticos efectivos. El Reino Unido implementó el sistema de «doble llave» que requiere autorización judicial independiente para operaciones sensibles. Estados Unidos cuenta con tribunales especializados en drogas y salud mental que han demostrado reducir la reincidencia mediante tratamiento en lugar de encarcelamiento. Estos modelos comparten un denominador común: coordinación institucional efectiva y uso del encarcelamiento como último recurso.

Para el período 2026-2030, resulta imperativo fortalecer los mecanismos de coordinación operativa: establecer fiscales especializados permanentes en centros penitenciarios priorizados; crear unidades conjuntas de análisis criminal que integren información de inteligencia militar, policial y fiscal; y desarrollar sistemas de información interoperables que permitan el seguimiento en tiempo real de fenómenos criminales.

Propuestas para una política de Estado 2026-2030

La construcción de un Consenso de Estado en política criminal debe partir de reconocer que el derecho penal debe ser la última ratio, no la primera respuesta. El Plan Nacional de Política Criminal 2021-2025 incorporó enfoques restaurativos y preventivos, pero su implementación ha sido insuficiente (Ministerio de Justicia, 2021). Las siguientes líneas estratégicas deben orientar el próximo período gubernamental:

Primero, fortalecer la justicia restaurativa como alternativa real al encarcelamiento. El Programa Distrital de Justicia Restaurativa de Bogotá constituye un referente nacional que merece ser escalado (Secretaría de Seguridad de Bogotá, 2025). Iniciado en 2016, el programa trabaja con adolescentes del Sistema de Responsabilidad Penal y se ha extendido a adultos en la cárcel Distrital. La metodología incluye el Programa de Seguimiento Judicial al Tratamiento de Drogas para jóvenes con consumo problemático, el Programa PASOS para delitos sexuales que no revistan gravedad, y estrategias de reintegro familiar. Los primeros 200 adultos privados de libertad que participaron voluntariamente —a un año de poder solicitar prisión domiciliaria— han mostrado resultados prometedores, con informes que los jueces de ejecución de penas consideran al decidir sobre subrogados. El artículo 518 de la Ley 906 de 2004 ofrece el marco legal; falta voluntad política y recursos para replicar esta experiencia nacionalmente.

Para delitos como lesiones personales o inasistencia alimentaria —que representan cerca del 17% de los casos activos en la Fiscalía— los mecanismos restaurativos podrían descongestionar significativamente el sistema judicial y penitenciario (Fiscalía General de la Nación, 2024). La mediación penal permite que víctima e imputado confronten sus perspectivas con ayuda de un tercero neutral, logrando acuerdos reparatorios que satisfacen mejor las necesidades de las víctimas que el simple encarcelamiento.

Segundo, invertir en prevención estructural del delito. La criminología contemporánea ha identificado factores de riesgo modificables: el 77% de los usuarios de programas pospenitenciarios reportan que adquirieron la conducta delictiva influenciados por amistades (Ministerio de Justicia, 2019). Cada peso invertido en educación, empleo y comunidades para jóvenes en riesgo ahorra varios pesos en cárceles. Prevenir el delito no solo es más humano: es más inteligente para el bolsillo del país. El Programa Futuro Colombia de la Fiscalía, enfocado en prevención de riesgos digitales, trata de personas y explotación sexual de menores, representa un avance que debe ampliarse.

Tercero, reformar integralmente el sistema penitenciario con enfoque diferencial. Las mujeres representan el 6,7% de la población carcelaria, pero enfrentan desafíos específicos: menos del 40% participan en actividades laborales o educativas, y cárceles como la del Cesar registran hacinamiento del 140% (INPEC, 2025). Se requiere una política penitenciaria que reconozca las particularidades de género, garantice acceso equitativo a programas de resocialización y atienda las necesidades de mujeres cabeza de familia. Es imperativo separar efectivamente a condenados de sindicados, implementar tecnologías de vigilancia inteligente, y establecer métricas basadas en reducción de reincidencia.

Cuarto, fortalecer el sistema de defensoría pública. La sobrecriminalización de mujeres por delitos de drogas evidencia debilidades en la defensa técnica: a ellas se les impone un porcentaje mayor de medidas de aseguramiento que en otros delitos, incluso comparado con hombres acusados por los mismos hechos (Dejusticia, 2025). Una defensa pública robusta, con recursos suficientes y especialización, constituye un contrapeso necesario al poder punitivo del Estado.

Quinto, profesionalizar la persecución del crimen organizado. Las estructuras criminales que operan el narcotráfico, la minería ilegal y la extorsión requieren capacidades investigativas especializadas. La Unidad Especial de Investigación creada para desmantelar organizaciones sucesoras del paramilitarismo debe fortalecerse y su modelo extenderse a otras expresiones del crimen organizado.

La seguridad es un bien público que trasciende las preferencias ideológicas. Los colombianos, independientemente de su filiación política, aspiran a vivir sin miedo a la delincuencia y confían en que el Estado protegerá sus derechos. Cumplir esa expectativa exige superar el facilismo del populismo punitivo —que promete mano dura pero solo produce cárceles hacinadas— para construir una política criminal integral, coordinada y basada en evidencia. El período 2026-2030 ofrece la oportunidad de sentar las bases de ese consenso de Estado que Colombia necesita. La pregunta no es si podemos permitirnos esta transformación, sino si podemos seguir pagando el costo de no hacerla.

Referencias

Corte Constitucional de Colombia. (2013). Sentencia T-388 de 2013. Estado de Cosas Inconstitucional en el Sistema Penitenciario y Carcelario.

Dejusticia. (2025). Una década y 12 informes sobre la crisis carcelaria en Colombia. Centro de Estudios de Derecho, Justicia y Sociedad.

Fiscalía General de la Nación. (2018). Manual Único de Policía Judicial. Bogotá: FGN.

Fiscalía General de la Nación. (2024). Manual de Justicia Restaurativa. Bogotá: FGN.

Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario – INPEC. (2025). Tableros Estadísticos del Sistema Penitenciario y Carcelario. Bogotá: INPEC.

Ministerio de Justicia y del Derecho. (2019). Lineamientos para la Prevención de la Reincidencia desde un Modelo de Justicia Restaurativa. Bogotá: Minjusticia.

Ministerio de Justicia y del Derecho. (2021). Plan Nacional de Política Criminal 2021-2025. Consejo Superior de Política Criminal. Bogotá: Minjusticia.

Presidencia de la República de Colombia. (2014). Decreto 2055 de 2014. Por el cual se reglamenta el Consejo Superior de Política Criminal.

Secretaría Distrital de Seguridad, Convivencia y Justicia. (2025). Programa Distrital de Justicia Restaurativa para Adultos. Bogotá: Alcaldía Mayor.

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Elkin Salcedo

Escribe en el área de Seguridad,  sobre Política e investigación criminal.